993: Algunas cuestiones concretas actuales e históricas sobre la represión tiránica sobre el anuncio de la verdad.

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Actualmente existen en el Código Penal ciertos puntos que pueden dar problemas para hablar sobre la verdad, el bien y el amor y la caridad bien entendidas.

  1. Delito de odio (Art. 510 CP): Si se interpreta como “incitación al odio” contra grupos (LGBT). Pena: 2-4 años cárcel.

  2. Incitación delitos (Art. 18 CP): Si homilía llama explícitamente a desobediencia violenta de normas actuales.

  3. Ofensas sentimientos religiosos (Art. 525 CP).

Algunos casos:

  • 1931-36 (II República): ~50 sacerdotes cárcel por homilías contra socialismo/reformas laicistas (propaganda ilegal). [asturiaslaica]​

  • 2020-2026: Padre Custodio Ballester (Barcelona) demandado (no condenado) por “odio” al criticar islam (pendiente). [youtube]​

Director proyecto Con San Pelayo.
— Luis Gonzaga Palomar Morán

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