La agenda, sueldo, dedicación y funciones de un alcalde en España varían considerablemente según el tamaño del municipio. A continuación, te presento una visión clara y estructurada de lo que implica ser alcalde en 2025, agrupado por tamaño del municipio.
🏘️ 1. MUNICIPIOS PEQUEÑOS (<1.000 habitantes)
📅 Agenda típica
- Asistencia a plenos (1-2 al mes).
- Firma de documentos administrativos.
- Reuniones puntuales con vecinos o asociaciones.
- Gestión directa de servicios básicos (limpieza, caminos rurales, etc.).
- Trámites con diputación provincial.
💼 Dedicación
- No suele ser exclusiva.
- Compatible con otro empleo.
⏰ Horas semanales estimadas
- Entre 10 y 20 horas/semana.
💶 Sueldo
- No obligatorio recibir salario.
- Si lo hay: entre 800 € y 1.500 € brutos/mes, según dedicación parcial.
- Puede recibir indemnización por asistencia a plenos (por ejemplo, 50 € por sesión).
🧾 Gestiones típicas
- Peticiones a diputación y Junta de Castilla y León, Andalucía, etc. (según CCAA).
- Gestión de caminos, luz pública, agua, limpieza.
- Coordinación con secretario municipal (frecuentemente compartido con otros municipios).
🏡 2. MUNICIPIOS MEDIANOS (1.000 a 20.000 habitantes)
📅 Agenda típica
- Plenos mensuales.
- Reuniones con concejales y técnicos municipales.
- Visitas a obras, eventos culturales y colegios.
- Reuniones con empresas, vecinos, asociaciones.
- Contacto con la comunidad autónoma y diputación.
💼 Dedicación
- Suele ser parcial o exclusiva.
- A partir de 5.000 habitantes, la dedicación exclusiva es más común.
⏰ Horas semanales estimadas
- 30 a 40 horas/semana.
💶 Sueldo orientativo (en dedicación exclusiva)
Habitantes | Salario bruto anual |
---|---|
1.000 – 5.000 | 25.000 – 35.000 € |
5.001 – 10.000 | 35.000 – 45.000 € |
10.001 – 20.000 | 45.000 – 55.000 € |
Nota: El salario se aprueba en el Pleno y está limitado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
🧾 Gestiones típicas
- Tramitación de licencias urbanísticas.
- Presupuesto municipal.
- Relación con cuerpos policiales locales.
- Licitaciones, subvenciones, y contratos menores.
- Relación con asociaciones de vecinos, clubes, colegios.
🏙️ 3. MUNICIPIOS GRANDES (>20.000 habitantes)
📅 Agenda típica
- Reuniones diarias con equipo de gobierno y técnicos.
- Atención a medios de comunicación.
- Entrevistas, actos oficiales, ruedas de prensa.
- Firma diaria de decretos y resoluciones.
- Coordinación de grandes servicios públicos (transporte, residuos, seguridad…).
💼 Dedicación
- Siempre exclusiva. Incompatible con otro empleo.
⏰ Horas semanales estimadas
- 40 a 60 horas/semana, incluyendo fines de semana por eventos.
💶 Sueldo orientativo (2025)
Habitantes | Sueldo bruto anual (máx. por ley) |
---|---|
20.001 – 50.000 | Hasta 60.000 – 70.000 € |
50.001 – 100.000 | Hasta 75.000 – 80.000 € |
100.001 – 500.000 | Hasta 90.000 – 95.000 € |
>500.000 (grandes capitales) | Hasta 116.000 € (como el alcalde de Madrid o Barcelona) |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local establece los máximos, actualizados en los Presupuestos Generales del Estado cada año.
🧾 Gestiones típicas
- Dirección política de todo el municipio.
- Presupuestos de millones de euros.
- Trato con otras administraciones (comunidad autónoma, Estado, UE).
- Gestión de empresas municipales.
- Participación en foros institucionales y nacionales (FEMP, redes de ciudades, etc.).
🧮 Comparativa general por tamaño
Tamaño del municipio | Horas/semana | Sueldo estimado | Tipo de dedicación | Naturaleza del trabajo |
---|---|---|---|---|
<1.000 hab. | 10-20 h | 0 – 1.500 €/mes | Parcial o ninguna | Muy cercana al ciudadano, administración básica |
1.000 – 20.000 hab. | 30-40 h | 25.000 – 55.000 €/año | Parcial o exclusiva | Coordinación de servicios, gestión local completa |
>20.000 hab. | 40-60 h | 60.000 – 116.000 €/año | Exclusiva | Alta responsabilidad política, mediática y administrativa |
QUÉ CUESTIONES HAY MEJORABLES EN EL ANTERIOR PLANTEAMIENTO A LA LUZ DE LA FE
1. 🌱 Doctrina tomista sobre el poder político
- Santo Tomás, en De Regno, afirma que el mejor régimen es la monarquía ordenada al bien común, regida por un sólo gobernante “que busque el bien de la multitud y no el suyo propio” upress.mx+2es.catholic.net+2fsspx.news+2en.wikipedia.org+4isidore.co+4scottmsullivan.com+4.
- También admite formas mixtas (aristocracia, politeia), pero siempre con el gobierno orientado a la virtud pública es.wikipedia.org.
Desviaciones detectadas:
- La legislación moderna funciona bajo un sistema electivo, no regido por criterios de virtud o doctrina moral, sino por mayorías y conveniencias.
- No se consideran condiciones de virtud moral, sabiduría o orientación teleológica (al bien), pilares del orden político tomista.
- El funcionamiento burocrático carece de referencia al bien común trascendente o al fundamento divino de la autoridad.
2. 📜 Encíclicas anteriores a Vaticano II (León XIII y Pío XI)
- Pío XI, en Quas Primas, enseña que el poder político proviene de Cristo, y que las autoridades deben rendir culto público al Rey divino y promulgar leyes conformes a los mandamientos divinos laisve.lt+6es.slideshare.net+6scielo.cl+6es.wikipedia.orginfocatolica.com+10vatican.va+10fundacionspeiro.org+10.
Desviaciones detectadas:
- El texto describe funciones de alcalde sin referencia alguna a Dios, la ley divina o la moral cristiana.
- El alcalde administra servicios, presupuestos y licitaciones, pero nunca se menciona la defensa de la vida, la familia, la fe o la justicia moral, elementos esenciales según la doctrina social.
3. 📖 Patrística y catecismos tradicionales
- Padres de la Iglesia como San Agustín enseñaban que los gobernantes ejercen autoridad en nombre de Dios, con deberes de justicia y moralidad que trascienden lo meramente civil.
Desviaciones detectadas:
- La figura del alcalde se presenta como técnico y administrativo, más que defensor del bien según Dios.
- No se contempla la educación acorde a la fe de los ciudadanos, ni su la labor del alcalde de facilitar la formación en la fe dentro de las aulas o fuera de ellas, como lo exige la doctrina patrística.
- El alcalde aparece con sueldos y dedicación, pero no con la vocación sacrificial ni el compromiso moral que exige un político según la tradición católica.
📋 Resumen de desviaciones
Dimensión | Lo que exige la doctrina católica tradicional | En qué falla el texto del alcalde moderno |
---|---|---|
Finalidad del poder | Bien común moral y sobrenatural | Solo gestión y administración técnica |
Fundamento de legitimidad | Autoridad proveniente de Dios y ordenada a la ley divina | Basada en elección y falsa neutralidad laica |
Requisitos para gobernar | Virtud, fe y conocimiento moral | Edad, nacionalidad, no estar inhabilitado |
Fines específicos del Estado | Defensa de familia, vida, religión | Se omiten completamente |
Educación moral | Promover la formación en virtud y facilitar la enseñanza de la fe. | No aparece como responsabilidad ni tarea del alcalde |
✅ Conclusión
El modelo actual de alcalde:
- Se aleja de la visión teleológica y sacramental del poder político.
- No considera la unidad de Dios y patria, ni reconoce el deber de honrar a Cristo en la legislación y gobierno.
- Es funcional, burocrático y técnico, sin referencia alguna al mandato moral y espiritual que debe guiar toda autoridad política según Santo Tomás, los Padres de la Iglesia y el Magisterio.
REFORMULACIÓN DEL TEXTO PARA ADECUARLO A LA DOCTRINA TRADICIONAL.
📜 Sobre el Oficio de Alcalde en el Orden Cristiano de la Sociedad
La figura del alcalde, según el recto orden natural y cristiano, debe considerarse como ministro del bien común en su comunidad, instituido para ordenar la vida social a la paz, a la justicia y a la virtud, bajo la ley de Dios y subordinado en conciencia objetiva a la realeza de Cristo.
El ejercicio de este cargo varía en su forma operativa según el número de almas confiadas, pero su naturaleza como servicio y carga moral ante Dios permanece idéntica.
🏡 1. MUNICIPIOS PEQUEÑOS (<1.000 habitantes)
📅 Obligaciones
- Velar por la conservación de las costumbres cristianas del pueblo.
- Presidir con virtud las sesiones del concejo.
- Proveer al mantenimiento de los caminos, aguas, limpieza y orden público.
- Escuchar personalmente a los vecinos, obrando con cercanía, justicia y prudencia.
💶 Remuneración
- No necesaria. Si se percibe, debe ajustarse al principio de retribución justa, sin exceder las necesidades razonables, y sujeta al juicio moral del bien común (cf. Rerum Novarum, nn. 19–20).
🧾 Gestiones típicas
- Contacto con organos superiores y comunidad para recursos subsidiarios, en caso de no poder asumir sus propias necesidades básicas.
- Coordinación con el secretario del concejo.
- Supervisión personal de los servicios básicos.
- Favorecer la educación cristiana, la sanidad, y el respeto a la ley natural y divina en el municipio.
- Atender las asociaciones de fieles y comunidades vecinales con espíritu de servicio.
- Atención preferente a los pobres, ancianos y necesitados.
🔍 Nota:
En estas comunidades pequeñas, el alcalde debe ser modelo visible de vida ordenada, a semejanza del pater familias, buscando el bien moral de los suyos por encima del lucro o del prestigio.
🏘️ 2. MUNICIPIOS MEDIANOS (1.000 a 20.000 habitantes)
📅 Obligaciones
- Velar por la conservación de las costumbres cristianas del pueblo.
- Presidir el gobierno local con consejo y deliberación justa.
- Ejercer vigilancia sobre los actos administrativos.
- Favorecer la educación cristiana, la sanidad, y el respeto a la ley natural y divina en el municipio.
- Atender las asociaciones de fieles y comunidades vecinales con espíritu de servicio.
💼 Dedicación
- Suele requerir mayor constancia.
- Puede ser parcial o exclusiva según la carga de gobierno y el juicio prudente del pleno.
💶 Remuneración
- Justa y moderada, proporcional a la necesidad familiar y al tamaño del municipio.
- El salario no ha de entenderse como privilegio, sino como sostenimiento de quien se entrega al bien común (cf. Lc 10,7: dignus est operarius mercede sua).
🧾 Gestiones típicas
- Presupuestos, licencias urbanísticas, control de gastos.
- Coordinación con las fuerzas del orden en conformidad con la moral pública.
- Atención preferente a los pobres, ancianos y necesitados.
🔍 Nota doctrinal:
El gobernante debe saberse siervo de Dios para bien del pueblo (cf. Rm 13,4). Ha de legislar y administrar según justicia distributiva, con espíritu de humildad y vigilancia sobre sí mismo.
🏙️ 3. MUNICIPIOS GRANDES (>20.000 habitantes)
📅 Obligaciones
- Gobernar conforme a principios del derecho natural y la doctrina social católica.
- Velar por la conservación de las costumbres cristianas del pueblo.
- Mantener el orden, promover la virtud pública, evitar escándalos y pecados públicos.
- Cuidar de que los bienes materiales no apaguen el sentido de Dios en la vida cívica.
- Proteger a la familia, el trabajo digno, la educación católica y la vida desde su concepción.
💼 Dedicación
- Exclusiva.
- Ha de ser vivida como vocación de servicio y penitencia, no como escalón de poder.
💶 Remuneración
- En ningún caso debe exceder lo razonable según justicia social, especialmente cuando haya pobres en la ciudad (cf. Quadragesimo Anno, n. 74).
- Justa, sin lujo ni ostentación, proporcional a la dignidad del cargo y a la responsabilidad, no al mercado secular.
🧾 Gestiones típicas
- Coordinación con organismos superiores sin renunciar a la subsidiariedad moral local.
- Defensa activa del bien común frente a leyes inicuas.
- Supervisión de empresas públicas con sentido ético y orientación al servicio.
🔍 Nota:
La política en ciudades grandes debe volver a ser acto de caridad ordenada, subordinada a la ley de Dios. El alcalde es ante todo vicario de la Providencia para su pueblo, y dará cuenta de su alma.
⚖️ Conclusión: Medida según el bien común y la ley divina
La operatividad del alcalde no debe medirse por rentabilidad o influencia mediática, sino por su entrega al orden justo, al servicio sacrificado del prójimo y a la restauración del reinado de Cristo en la vida pública.
Una administración municipal justa:
- No separa la ley civil de la ley moral.
- No teme reconocer el dominio social de Nuestro Señor.
Director proyecto Con San Pelayo.
— Luis Gonzaga Palomar Morán
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