ARTÍCULO 3 – Eventos sin ánimo de lucro: límites legales de aforo y responsabilidad


3.1. Límite de personas en espacios privados sin licencia

Cuando un evento sin ánimo de lucro se celebra en un espacio privado (vivienda, finca, local alquilado o cedido), se aplican las siguientes reglas generales:

No hay un “límite legal fijo” de personas, pero sí debes tener en cuenta:

  • Normativa municipal de ruidos y molestias: por ejemplo, si se supera el nivel permitido de decibelios o se molesta al vecindario, puede intervenir la Policía Local.
  • Condiciones de seguridad del lugar: en locales cerrados, hay que garantizar que:
    • Existan salidas de emergencia
    • No se supere un aforo que ponga en riesgo la evacuación en caso de incendio
  • Si el evento es ocasional y no abierto al público general, no hace falta licencia ni notificación.

En locales comerciales o destinados a eventos, si no tienen licencia de actividad o son alquilados sin cobertura legal para eventos, podrías tener problemas en caso de inspección o accidente.


3.2. Obligaciones si el evento es en un espacio público

Aunque no se cobre entrada ni haya ánimo de lucro, sí hay obligaciones mínimas cuando se usa un espacio público:

  • Solicitar permiso o notificar al Ayuntamiento o Subdelegación del Gobierno, según el tipo de acto:
    • Eventos religiosos/culturales públicos → Ayuntamiento
    • Concentraciones o manifestaciones → Notificación previa a la Subdelegación del Gobierno (Ley Orgánica 9/1983)
  • Indicar: lugar, fecha, hora, duración estimada y número previsto de asistentes.
  • Dependiendo del tamaño y naturaleza del acto, pueden exigirte:
    • Seguro de responsabilidad civil
    • Medidas de seguridad (personal, señalización, etc.)
    • Servicios de limpieza o control del espacio

🔎 Incluso sin ánimo de lucro, si se utiliza un espacio público, se asume un cierto nivel de riesgo y responsabilidad.


3.3. ¿Debe haber un convocante? ¿Qué pasa si no lo hay?

En la práctica, sí debe haber un convocante, aunque sea informal, por dos razones:

  1. La administración exige un interlocutor responsable ante posibles incidencias.
  2. En caso de cualquier incidente (daños, accidente, alteración del orden), las autoridades buscarán a alguien a quien atribuir la organización del acto.

Si no hay convocante declarado:

  • Se presumirá como convocante a quien lidera, da órdenes, difunde el acto públicamente o actúa como figura visible.
  • Incluso si el evento fue “espontáneo”, la responsabilidad puede recaer en quien:
    • Lo anunció en redes
    • Pidió permisos (aunque en nombre del grupo)
    • Actuó como coordinador in situ

Esto es importante sobre todo cuando hay un incidente legal, sanitario o civil.


3.4. ⚖️ Presunción de responsabilidad civil del organizador o líder informal

La legislación civil española establece que:

“Toda persona que cause daño a otro por acción u omisión, interviniendo culpa o negligencia, está obligada a reparar el daño causado”
(Código Civil, art. 1902)

En el contexto de eventos:

  • Si ocurre un accidente, una caída, una avalancha, un incendio, etc., la responsabilidad recae en el organizador o en quien se haya comportado como tal, incluso aunque no haya estructura legal.
  • Si no hay persona jurídica detrás, se responde con el patrimonio personal.
  • También puede haber responsabilidad compartida entre varios si el acto fue claramente colectivo.

🛡️ Por eso, es altamente recomendable contratar un seguro de responsabilidad civil, incluso en eventos gratuitos, si hay muchas personas o riesgo material.


✅ Conclusión práctica:

Situación¿Hace falta permiso o responsable?¿Hay riesgo de responsabilidad civil?
Evento privado pequeñoNo (si no molesta o genera riesgo)Solo en caso de accidente directo
Evento privado con mucha genteSe recomienda identificar responsable o tener seguroSí, si hay daños
Evento en espacio público (aunque gratuito)Sí, requiere autorización o notificación formalSí, se presupone responsabilidad
Evento espontáneo o no formalizadoLegalmente inseguro; se buscará un líder de factoSí, si hay consecuencias negativas

Director proyecto Con San Pelayo.
— Luis Gonzaga Palomar Morán

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