Tiempo de lectura: 5.30 mintues
Comentario inicial.
- La distinción que hacen los autores tradicionalistas entre pecado del monarca y tiranía (con trascendencia pública), no quiere decir que un monarca que peca menos, no sea mejor para el pueblo, ya que los pecados privados del monarca también afectan al pueblo. Vease la historia del adulterio del rey David o como la flaqueza respecto a Dios del rey David en el momento de hacer el censo, a nivel personal, devenga en males públicos.
Sobre el pecado del monarca y su relación con la legitimidad
- Pecados personales y públicos:
Algunos hacen distinción entre pecados privados (que no afectan necesariamente la legitimidad) y pecados públicos o actos de injusticia política que dañan el bien común y el orden político. - El pecado grave que atenta contra la ley divina y la unidad política puede justificar la pérdida de legitimidad:
Vázquez de Mella y Juan María de Villanueva enfatizan que la legitimidad política es un don que puede perderse si el monarca traiciona la ley divina o abandona su misión de proteger la fe y la justicia. - No es automático ni arbitrario:
La pérdida de legitimidad debe seguir un proceso prudente, y no es un acto caprichoso o subjetivo, sino un juicio objetivo basado en la justicia natural y divina.
Análisis específico desde la doctrina tomista
- Autoridad política y subordinación a la ley divina:
Santo Tomás en la Summa Theologiae enseña que toda autoridad humana debe estar subordinada a la ley eterna y natural. La autoridad que desobedece a Dios pierde su fundamento legítimo. Los autores lo reflejan claramente. - Pecado del príncipe y tiranía:
Santo Tomás distingue entre errores privados del gobernante y actos públicos de tiranía o injusticia que justifican la resistencia. Esta distinción es esencial para los tradicionalistas, quienes temen la anarquía pero admiten la corrección legítima del poder tiránico. (Ojo: ver que esto no es una referencia explícita a Santo Tomás, se deduce de que Santo Tomás sólo hace referencia a la Tiranía y no al pecado del Príncipe. – Ver: De Regno | PDF | Tirano | Tomás de Aquino - La rebelión sólo es legítima en casos extremos:
La doctrina tomista no da carta blanca a la insurrección, sino que la condiciona a la gravedad de la tiranía y a la falta de otros medios para preservar el bien común, algo que recalcan estos autores. - El bien común y la justicia son medida de legitimidad política:
Santo Tomás pone el bien común como fin principal del poder político. Si el monarca viola esto, puede perder legitimidad. Los autores lo repiten: la autoridad no es absoluta ni arbitraria, sino ordenada a la justicia y a la ley de Dios. - Importancia del orden y la unidad social y religiosa:
En consonancia con Santo Tomás, se enfatiza que la autoridad política debe proteger y promover la unidad religiosa y social, pues ésta es base del orden civil.
🔹 Autores tradicionalistas que hablan sobre estos temas.
- Juan Vázquez de Mella
- Orador y pensador carlista clave, su discurso político siempre está imbuido de referencias a Dios, la Tradición y el orden divino.
- Víctor Pradera
- Teórico del tradicionalismo, insiste en la autoridad derivada de Dios y el orden natural, defendiendo la monarquía católica.
- Ramón Nocedal
- Fuertemente religioso y defensor de la unidad política bajo Dios.
- Manuel Senante
- Intelectual y periodista, promotor del catolicismo social en el tradicionalismo.
- Juan María de Villanueva
- Escritor tradicionalista, en sus obras destaca la subordinación de la autoridad humana a la divina.
- Mariano de Cavia
- Ensayista y periodista, en sus textos políticos destaca la importancia de Dios y la religión en la legitimidad del poder.
- Antonio Aparisi y Guijarro
- Sacerdote y escritor, vinculado al carlismo.
- Luis Hernando de Larramendi
- Tradicionalista vasco, enfatiza la legitimidad divina en el poder.
- José María de Andía
- Intelectual carlista, con fuerte referencia a la doctrina social católica.
- Manuel Fal Conde
- Jefe carlista, defendió un carlismo fuertemente religioso y contrarrevolucionario.
Aspectos comunes en materia de legitimidad
- Legitimidad derivada de Dios y la Ley Natural:
Todos coinciden en que la autoridad política, y en especial la monarquía, no es mera convención humana sino que tiene un fundamento divino. La legitimidad del monarca emana de Dios como autor último del orden político y social, conforme al orden natural y la ley moral. Así lo subrayan tanto Vázquez de Mella como Víctor Pradera y Ramón Nocedal. - Monarquía católica como forma legítima de gobierno:
Insisten en que la monarquía debe ser católica y obedecer a la ley divina, y que esta condición es esencial para su legitimidad. La tradición y el derecho divino son inseparables. - Sujeción a la Tradición y el bien común:
La autoridad del monarca está subordinada al bien común y a la ley eterna, y debe respetar la Tradición como un depósito de sabiduría política y moral.
Sobre la rebeldía y la deposición del monarca
- Rebeldía es pecado y desorden:
De acuerdo con la doctrina tomista y todos estos autores, la rebelión contra la autoridad legítima es en principio un pecado grave y un acto de desorden social. El orden político refleja el orden divino y su quebrantamiento tiene consecuencias espirituales y sociales. - Excepcionalidad de la rebelión legítima:
Sin embargo, siguiendo a Santo Tomás, admiten la posibilidad (siempre regulada) de resistencia o deposición cuando el monarca se vuelve tirano, pierde la legitimidad y actúa contra el bien común y la ley divina. Ramón Nocedal y Víctor Pradera son muy cuidadosos al precisar que tal resistencia debe ser prudente y fundada, no un acto de anarquía. - Deposición justificada sólo por culpa grave:
La destitución del monarca es admisible si este incurre en pecados públicos y graves, especialmente en la violación de la ley divina y el orden natural, y si con ello pone en riesgo el bien común y la unidad católica de la Patria. Por ejemplo, Manuel Fal Conde y Antonio Aparisi y Guijarro sostienen que la monarquía pierde legitimidad si rompe con la fe católica o traiciona a la nación.