Manifestación ordenada no es asamblea revolucionaria.

1. Manifestación pública ordenada contra la tiranía – legítima resistencia católica

🎯 Ejemplo: Una concentración de fieles, laicos y clérigos, organizada con aprobación episcopal o en fidelidad a los principios morales católicos, protestando pacífica y públicamente contra una ley injusta, como la legalización del aborto, la imposición ideológica o persecuciones religiosas.


📜 Fundamento teológico y magisterial:

Santo Tomás de Aquino:

  • En Suma Teológica, II-II, q.42, a.2: admite que resistir a la tiranía puede ser legítimo, si se hace para restaurar el bien común y evitar un mal mayor, siempre que no se genere un desorden más grave.
  • De Regno I, 6-7: habla del tirano como el que gobierna para su propio interés, no el bien común, y reconoce la posibilidad de resistencia ordenada por parte de la comunidad.

Catecismo de la Iglesia Católica:

  • CEC 2242: «El ciudadano está obligado en conciencia a no seguir las prescripciones de las autoridades civiles cuando son contrarias a las exigencias del orden moral o a las enseñanzas del Evangelio».
  • CEC 1901–1903: La autoridad debe buscar el bien común; si se desvía gravemente, puede ser legítimo resistir.

Encíclica «Pacem in Terris» (Juan XXIII):

  • Enseña que las personas tienen derecho a la acción política para exigir justicia y el respeto a la ley natural.

San Ambrosio y San Agustín:

  • Defienden la idea de que la desobediencia civil puede ser necesaria cuando la ley humana contradice la ley divina.

✅ Características de esta manifestación ordenada:

  • Tiene una finalidad moral superior: defender el bien común o la ley natural.
  • Se realiza en paz, sin odio, sin violencia, sin insultos.
  • Se hace con sentido de responsabilidad y caridad, incluso hacia el gobernante.
  • Está en comunión con la doctrina y, si es posible, con la autoridad eclesial.
  • Busca corregir el error o el abuso, no la destrucción del orden.

🔴 2. Reunión política desordenada o contraria al orden católico

🚫 Ejemplo: Una turba que ataca edificios públicos, insulta a la Iglesia por considerarla cómplice, o convoca rebeliones sin discernimiento moral ni liderazgo legítimo.


📜 Fundamento teológico y magisterial:

Santo Tomás de Aquino:

  • STh II-II, q.42, a.1: Condena la sedición, que es una perturbación del orden público por rebelión contra la autoridad legítima.
  • Se advierte que resistir al tirano puede ser peor que tolerarlo si el remedio causa más desorden.

Catecismo:

  • CEC 1909: El bien común requiere seguridad y paz. Una revuelta que ponga en peligro estos bienes es ilícita.

2243 La resistencia a la opresión de quienes gobiernan no podrá recurrir legítimamente a las armas sino cuando se reúnan las condiciones siguientes: 1) en caso de violaciones ciertas, graves y prolongadas de los derechos fundamentales; 2) después de haber agotado todos los otros recursos; 3) sin provocar desórdenes peores; 4) que haya esperanza fundada de éxito; 5) si es imposible prever razonablemente soluciones mejores.

Fuente: https://www.vatican.va/archive/catechism_sp/p3s2c2a4_sp.html


❌ Características de una manifestación desordenada:

  • Es motivada por el odio, la revancha, el caos o ideologías anticristianas.
  • Rompe la paz social sin necesidad.
  • Carece de discernimiento moral o liderazgo legítimo.
  • Instrumentaliza el dolor o la fe para fines políticos revolucionarios.
  • Puede escandalizar o arrastrar a los débiles en la fe.

✅ Resumen final:

Tipo de acciónLegítima resistencia católicaRevuelta desordenada o ilegítima
FinRestaurar la justicia y el bien comúnVenganza, caos, ideología
MedioRacional, prudente, legítimo.Violento, emocional, irracional
AutoridadApoyo o respeto al magisterioRebeldía o desprecio a la Iglesia
ConsecuenciasEdificación moral y unidadEscándalo, violencia, división

Director proyecto Con San Pelayo.
— Luis Gonzaga Palomar Morán

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