EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD

Evaluado a la luz del tomismo, la patrística, las encíclicas, los catecismos tradicionales y el tradicionalismo político católico español (incluido el carlismo).


1. ¿QUÉ ES EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD?

“Como no es justo que se niegue a los individuos la capacidad de hacer lo que por propia iniciativa y esfuerzo pueden realizar, tampoco es justo que el Estado se arrogue esas funciones, suprimiendo la libertad de acción de los cuerpos intermedios.”

En esencia:

El principio de subsidiariedad enseña que:

  • Lo que pueda hacer una instancia inferior no debe hacerlo una superior.
  • La familia, los municipios, gremios, parroquias o asociaciones privadas tienen derecho a cumplir sus funciones sin intromisión del Estado.
  • El Estado sólo interviene si es necesario, temporal y con el fin de restablecer el orden justo.

2. FUNDAMENTO TOMISTA Y PATRÍSTICO

  • La sociedad es orgánica: el bien común se construye desde abajo, no desde la imposición estatal (S.Th., I-II, q.90 ss.).
  • La autoridad no sustituye al individuo, sino que lo ordena al bien común respetando su dignidad y libertad.
  • La caridad debe emanar de la comunidad cristiana, no del aparato estatal coercitivo. El Estado, cuando suplanta, se convierte en tiránico.

3. VISIÓN DEL CARLISMO Y DEL TRADICIONALISMO POLÍTICO ESPAÑOL

El carlismo defendía:

  • Una estructura foral, corporativa y orgánica.
  • Respeto a los municipios, reinos históricos, gremios, parroquias, familias como sujetos reales de vida pública.
  • Un Estado subsidiario, respetuoso del orden natural y cristiano, no uniformador ni centralista.

“Dios, Patria, Fueros, Rey” — lema carlista

“No queremos un Estado que dé pan, sino un orden que permita ganarlo en virtud.” — Doctrina tradicionalista


4. ¿CÓMO VIOLA HOY ESPAÑA ESTE PRINCIPIO?

Ejemplos concretos de violación del principio de subsidiariedad:


1. Sanidad completamente estatalizada

  • La familia, las órdenes religiosas, asociaciones o municipios no pueden gestionar hospitales sin estar sometidos a normativas y barreras imposibles.
  • El Estado monopoliza la sanidad.
  • Resultado: dependencia, ineficiencia, colapso, burocracia.
  • Virtudes eliminadas: caridad organizada, responsabilidad comunitaria, libertad cristiana de servicio.

2. Educación centralizada y anticristiana

  • Imposición de ideología de género y valores contrarios a la moral natural.
  • La familia y la Iglesia son despojadas del derecho natural a educar según su fe.
  • Resultado: pasividad de los padres, adoctrinamiento infantil.
  • Virtudes eliminadas: autoridad paternal, formación moral, temor de Dios.

3. Subvenciones a ONG’s ideológicas

  • El Estado financia directamente movimientos abortistas, feministas, LGTB, etc.
  • La comunidad local pierde toda capacidad de decisión.
  • Resultado: clientelismo, corrupción, pérdida de autoridad local.
  • Virtudes eliminadas: prudencia política, justicia distributiva, pureza doctrinal.

5. ¿QUÉ CAMBIOS HAY QUE HACER PARA RESTAURAR LA SUBSIDIARIEDAD?


A. CAMBIOS ESTRUCTURALES NECESARIOS

  1. Derogar leyes que imponen monopolio estatal en sanidad, educación, cultura y bienestar.
  2. Reforma constitucional que devuelva autoridad real a municipios, provincias y cuerpos sociales naturales.
  3. Eliminación progresiva de subvenciones estatales directas a asociaciones ideológicas.
  4. Fomento legal y fiscal a iniciativas solidarias no estatales: parroquias, órdenes religiosas, cooperativas, mutualidades.
  5. Reforma del sistema fiscal: que las personas tengan más disposición de su dinero para ejercer caridad directa.

B. ¿QUÉ LEGISLACIONES IMPIDEN HOY LA SUBSIDIARIEDAD?

Ley / Norma¿Qué impide?
Ley General de Sanidad (1986)Imposibilita sistemas alternativos comunitarios o parroquiales.
Ley Orgánica de Educación (LOE, LOMLOE)Sustrae la potestad educativa a los padres. Imposición ideológica.
Ley de Memoria DemocráticaControl ideológico de la cultura y negación de pluralidad histórica.
Sistema autonómico centralizado y clientelarLas autonomías no son forales, sino administraciones dependientes del Estado central, financiadas por él.
Ley de Subvenciones (38/2003)Favorece redes de asociaciones ideológicas, no comunidades orgánicas ni católicas.

C. ¿QUIÉN TIENE AUTORIDAD PARA HACER LOS CAMBIOS?

NivelAutoridad posible
Político-legislativoCortes Generales, Gobierno, gobiernos autonómicos (en parte).
JurídicoTribunal Constitucional (para revisar abusos del legislador).
Social y civilAsociaciones, municipios, parroquias, órdenes religiosas, sindicatos libres.
Doctrinal y eclesialMagisterio católico fiel a la Tradición puede iluminar la necesidad del orden subsidiario.
ComunitarioLos ciudadanos responsables, cuando se organizan, pueden construir espacios de subsidiariedad real.

6. ¿CÓMO ARTICULAR BIEN LA SUBSIDIARIEDAD EN LA PRÁCTICA?


Modelo de subsidiariedad bien aplicado:

NivelFunción
FamiliaPrimer lugar de educación, salud, caridad. No tutelada por el Estado.
ParroquiaAcción caritativa sin burocracia.
Gremio / Asociación libreAsistencia mutua (mutualidades, cajas rurales).
MunicipioAutogobierno económico y fiscal.
Reino histórico / Región foralDefensa de los fueros, autogobierno real.
ReyGarante del orden y la justicia. No “padre proveedor”.

7. CONCLUSIÓN FINAL

El sistema de subvenciones actual en España:

  • Viola el principio de subsidiariedad al concentrar poder y recursos en el Estado central.
  • Genera pasividad, dependencia, y corrupción moral y social.
  • Elimina la virtud al suplantar el esfuerzo personal, la caridad y la autoridad natural.

Restaurar el principio de subsidiariedad exige:

  • Derogar leyes injerencistas.
  • Reforzar el poder real de familias, municipios, parroquias y cuerpos intermedios.
  • Devolver al Estado su rol: ser garante del orden moral, no gestor de la vida personal.

Director proyecto Con San Pelayo.
— Luis Gonzaga Palomar Morán

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