1. Pecados contra Dios y la Fe
- Apostasía pública o promoción de la idolatría: negar o abandonar públicamente la fe católica, o fomentar cultos paganos o herejías.
- Blasfemia pública o irreverencia contra Dios o la Iglesia.
- Persecución religiosa: imponer leyes o medidas que supriman la posibilidad de ejercer la piedad, prácticas o expresiones católicas o persigan a la Iglesia o a los fieles.
Fundamento: La relación del monarca con Dios es clave para su legitimidad (Santo Tomás, Tradicionalismo, Catecismo CIC 2113-2145).
Ejemplo en la historia: monarcas excomulgados o declarados ilegítimos por apostasía.
2. Pecados que dañan gravemente la justicia y el bien común
- Tiranía y opresión: gobernar con injusticia, abusar del poder, explotar al pueblo o oprimirlo con impuestos arbitrarios o confiscatorios.
- Corrupción flagrante: usar el poder para enriquecimiento personal o favorecer intereses particulares en perjuicio del pueblo.
- Injusticia flagrante: favorecer la impunidad, permitir el desorden y la anarquía, o quebrantar las leyes justas.
Fundamento: La justicia social y el bien común son esenciales para la autoridad legítima (Suma Teológica II-II, q. 42; Rerum Novarum; CIC 1897).
Escándalo público en el gobierno hace al rey perder legitimidad.
3. Pecados que implican inmoralidad grave y escándalo público
- Conductas sexuales inmorales notorios (incesto, adulterio público, violaciones, etc.) que deshonren la corona y escandalicen al pueblo.
- Alcoholismo, violencia, conducta inmoral habitual que dañen la dignidad del cargo.
- Encubrimiento o promoción de actos inmorales o criminales.
Fundamento: El gobernante debe ser ejemplo de virtud pública (CIC 1904; doctrina tradicional). El escándalo público debilita la autoridad.
4. Negligencia grave o abandono del deber
- Negarse a gobernar con diligencia, abandono de la defensa de la fe y el orden público.
- Dejar que la ley natural y divina sean pisoteadas o ignoradas.
5. Pecados o delitos que atenten contra la vida y la dignidad humana
- Ordenar o promover genocidio, abortos, persecuciones o asesinatos injustos.
Consideraciones finales
- La notoriedad y el escándalo público son clave: pecados ocultos o privados, aunque graves, pueden no justificar necesariamente la destitución si no afectan al bien común ni causan escándalo.
- El juicio prudencial debe valorar la gravedad, la persistencia y el daño causado.
- El derecho a la resistencia o destitución debe buscar la restauración del orden moral y el bien común, no intereses particulares o venganza.
Si se encuentra la más mínima errata en los anteriores textos, por favor, que se nos haga saber, para corregirla. Gracias.
Director proyecto Con San Pelayo.
— Luis Gonzaga Palomar Morán
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