Según la doctrina tomista, las encíclicas la Patrística y los catecismos, un monarca pierde su legitimidad si incurre persistentemente en el ejercicio tiránico del poder, especialmente cuando:
- Contradice la ley divina o natural.
- Promueve el mal común en vez del bien común.
- Persiste en el error tras la corrección fraterna y oficial.
- Es causa directa de daño grave para la salvación de las almas y el orden natural.
🔹 1. Doctrina de Santo Tomás de Aquino
En la Suma Teológica (I-II, q. 92, a. 1; y II-II, q. 42, a. 2), y sobre todo en el De Regno, Tomás enseña:
- Por toro lado, se debe considerar que cuando el régimen de uno se vuelve malo, entonces será necesario que intervenga la democracia, es decir, el poder de muchos para que el tirano no pueda ejercer control sobre nadie. – LIBRO I: SOBRE EL REY – De Regno – Santo Tomás de Aquino
Condiciones:
- Que haya habido advertencia fraterna y legítima.
- Que no haya autoridad superior a la que acudir.
- Que la acción sea ordenada y orientada al bien común.
- Que no provoque mayor injusticia.
🔹 2. Patrística y Padres de la Iglesia
Los Padres reconocen:
Ahora bien, si el Estado (res publica) es la empresa del pueblo, y no hay pueblo que no esté asociado en aceptación de un Derecho, y tampoco hay Derecho donde no existe justicia alguna, la conclusión inevitable es que donde no hay justicia no hay Estado. – San Agustín – La Ciudad de Dios
Por lo que será inevitable el castigo, aunque sólo sea uno el que se pierda. Porque si viniendo la espada, no se toca al pueblo la trompeta, y el que está de atalaya (dice el profeta) no diere la señal; y venida la espada, cogiere un alma por causa de su iniquidad, yo buscaré y pediré su sangre de la mano del que debe estar en vela. – San Juan Crisóstomo: Libro del Sacerdocio VI – Enciclopedia Católica
San Isidoro de Sevilla (España, s. VII) en Etymologiae:


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🔹 3. Encíclicas y Doctrina Social de la Iglesia
3. Aunque el hombre, arrastrado por un arrogante espíritu de rebelión, intenta muchas veces sacudir los frenos de la autoridad, sin embargo, nunca ha podido lograr la liberación de toda obediencia. La necesidad obliga a que haya algunos que manden en toda reunión y comunidad de hombres, para que la sociedad, destituida de principio o cabeza rectora, no desaparezca y se vea privada de alcanzar el fin para el que nació y fue constituida. Pero si bien no ha podido lograrse la destrucción total de la autoridad política en los Estados, se ha querido, sin embargo, emplear todas las artes y medios posibles para debilitar su fuerza y disminuir su majestad. Esto sucedió principalmente en el siglo XVI, cuando una perniciosa novedad de opiniones sedujo a muchos. A partir de aquel tiempo, la sociedad pretendió no sólo que se le diese una libertad más amplia de lo justo, sino que también quiso modelar a su arbitrio el origen y la constitución de la sociedad civil de los hombres. Pero hay más todavía. Muchos de nuestros contemporáneos, siguiendo las huellas de aquellos que en el siglo pasado se dieron a sí mismos el nombre de filósofos, afirman que todo poder viene del pueblo. Por lo cual, los que ejercen el poder no lo ejercen como cosa propia, sino como mandato o delegación del pueblo, y de tal manera, que tiene rango de ley la afirmación de que la misma voluntad popular que entregó el poder puede revocarlo a su antojo. Muy diferente es en este punto la doctrina católica, que pone en Dios, como un principio natural y necesario, el origen del poder político. – “Diuturnum illud” (León XIII, 1881)
4. Es importante advertir en este punto que los que han de gobernar los Estados pueden ser elegidos, en determinadas circunstancias, por la voluntad y juicio de la multitud, sin que la doctrina católica se oponga o contradiga esta elección. Con esta elección se designa el gobernante, pero no se confieren los derechos del poder. Ni se entrega el poder como un mandato, sino que se establece la persona que lo ha de ejercer. No se trata en esta encíclica de las diferentes formas de gobierno. No hay razón para que la Iglesia desapruebe el gobierno de un solo hombre o de muchos, con tal que ese gobierno sea justo y atienda a la común utilidad. Por lo cual, salvada la justicia, no está prohibida a los pueblos la adopción de aquel sistema de gobierno que sea más apto y conveniente a su manera de ser o a las instituciones y costumbres de sus mayores. – “Diuturnum illud” (León XIII, 1881)
11. Una sola causa tienen los hombres para no obedecer: cuando se les exige algo que repugna abiertamente al derecho natural o al derecho divino. Todas las cosas en las que la ley natural o la voluntad de Dios resultan violadas no pueden ser mandadas ni ejecutadas. Si, pues, sucede que el hombre se ve obligado a hacer una de dos cosas, o despreciar los mandatos de Dios, o despreciar la orden de los príncipes, hay que obedecer a Jesucristo, que manda dar al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios[14]. A ejemplo de los apóstoles, hay que responder animosamente: «Es necesario obedecer a Dios antes que a los hombres»[15]. Sin embargo, los que así obran no pueden ser acusados de quebrantar la obediencia debida, porque si la voluntad de los gobernantes contradice a la voluntad y las leyes de Dios, los gobernantes rebasan el campo de su poder y pervierten la justicia. Ni en este caso puede valer su autoridad, porque esta autoridad, sin la justicia, es nula.– “Diuturnum illud” (León XIII, 1881)
Es la Iglesia la que bajo la guía de la caridad ha sabido imbuir mansedumbre en las almas, humanidad en las costumbres, equidad en las leyes, y siempre amiga de la libertad honesta, tuvo siempre por costumbre y práctica condenar la tiranía. Esta costumbre, ingénita en la Iglesia, ha sido expresada por San Agustín con tanta concisión como claridad en estas palabras: «Enseña [la Iglesia] que los reyes cuiden a los pueblos, que todos los pueblos se sujeten a sus reyes, manifestando cómo no todo se debe a todos, aunque a todos es debida la claridad y a nadie la injusticia»[26].
Por tanto, el poder debe ser justo, no despótico, sino paterno, porque el poder justísimo que Dios tiene sobre los hombres está unido a su bondad de Padre. Pero, además, el poder ha de ejercitarse en provecho de los ciudadanos, porque la única razón legitimadora del poder es precisamente asegurar el bienestar público. No se puede permitir en modo alguno que la autoridad civil sirva al interés de uno o de pocos, porque está constituida para el bien común de la totalidad social. Si las autoridades degeneran en un gobierno injusto, si incurren en abusos de poder o en el pecado de soberbia y si no miran por los intereses del pueblo, sepan que deberán dar estrecha cuenta a Dios. Y esta cuenta será tanto más rigurosa cuanto más sagrado haya sido el cargo o más alta la dignidad que hayan poseído. A los poderosos amenaza poderosa inquisición[2]. – Immortale Dei (1 de noviembre de 1885) | LEÓN XIII
Despreciar el poder legítimo, sea el que sea el titular del poder, es tan ilícito como resistir a la voluntad de Dios. Quienes resisten a la voluntad divina se despeñan voluntariamente en el abismo de su propia perdición. «Quien resiste a la autoridad resiste a la disposición de Dios, y los que la resisten se atraen sobre sí la condenación»[4]. Por tanto, quebrantar la obediencia y provocar revoluciones por medio de la fuerza de las masas constituye un crimen de lesa majestad, no solamente humana, sino también divina. – Immortale Dei (1 de noviembre de 1885) | LEÓN XIII
Encíclicas como:
- “Diuturnum illud” (León XIII, 1881)
- “Immortale Dei” (León XIII, 1885)
🔹 §3 – Cristo como fuente de toda autoridad
No se nieguen, pues, los gobernantes de las naciones a dar por sí mismos y por el pueblo públicas muestras de veneración y de obediencia al imperio de Cristo si quieren conservar incólume su autoridad y hacer la felicidad y la fortuna de su patria. – Quas primas (11 de diciembre de 1925) | PIUS XI
Lo que al comenzar nuestro pontificado escribíamos sobre el gran menoscabo que padecen la autoridad y el poder legítimos, no es menos oportuno y necesario en los presentes tiempos, a saber: «Desterrados Dios y Jesucristo —lamentábamos— de las leyes y de la gobernación de los pueblos, y derivada la autoridad, no de Dios, sino de los hombres, ha sucedido que… hasta los mismos fundamentos de autoridad han quedado arrancados, una vez suprimida la causa principal de que unos tengan el derecho de mandar y otros la obligación de obedecer. – Quas primas (11 de diciembre de 1925) | PIUS XI
17. En cambio, si los hombres, pública y privadamente, reconocen la regia potestad de Cristo, necesariamente vendrán a toda la sociedad civil increíbles beneficios, como justa libertad, tranquilidad y disciplina, paz y concordia. La regia dignidad de Nuestro Señor, así como hace sacra en cierto modo la autoridad humana de los jefes y gobernantes del Estado, así también ennoblece los deberes y la obediencia de los súbditos. – Quas primas (11 de diciembre de 1925) | PIUS XI
De aquí se seguirá, sin duda, el florecimiento estable de la tranquilidad y del orden, suprimida toda causa de sedición; pues aunque el ciudadano vea en el gobernante o en las demás autoridades públicas a hombres de naturaleza igual a la suya y aun indignos y vituperables por cualquier cosa, no por eso rehusará obedecerles cuando en ellos contemple la imagen y la autoridad de Jesucristo, Dios y hombre verdadero. – Quas primas (11 de diciembre de 1925) | PIUS XI
📌 Idea: Toda autoridad legítima proviene de Cristo Rey, y por tanto la obediencia sólo es debida si está subordinada a su ley.
🔹 4. Catecismos Tradicionales
El Catecismo Romano (Tridentino) y el Catecismo Mayor de San Pío X:
409
409.- ¿De dónde le viene a la sociedad civil la autoridad por que es gobernada? – La autoridad por que es gobernada la sociedad civil viene de Dios, que quiere se constituya ésta para el bien común.
410
410.- ¿Hay obligación de respetar y obedecer a la autoridad que gobierna la sociedad civil? – Si, señor; todos los que pertenecen a la sociedad civil tienen obligación de respetar y obedecer a la autoridad, porque viene de Dios y porque así lo exige el bien común.
411
411.- ¿Se han de respetar todas las leyes que imponga la autoridad civil? – Se han de respetar todas las leyes que la autoridad civil impone, con tal que no sean contrarias a la ley de Dios, según el mandato y ejemplo de Nuestro Señor Jesucristo.
5. ¿Qué deben hacer el pueblo y las instituciones?
Si se han cumplido las condiciones:
- Discernir y declarar la tiranía:
Mediante teólogos, jueces, prelados o cuerpos intermedios (Cortes, municipios, nobleza tradicional). - Ofrecer corrección fraterna y oficial:
Comunicarle formalmente al rey su desviación y solicitar su arrepentimiento o abdicación. - Recurrir a una autoridad superior:
Si existe (Papa, Concilio, Regente legítimo, institución tutelar). - Si todo falla:
a. Reunir al cuerpo político legítimo (Cortes tradicionales).
b. Declarar vacante el trono si persiste el mal.
c. Nombrar un sucesor legítimo, conforme a derecho y virtud. - Evitar la anarquía o la venganza: Toda acción debe ser ordenada, justa, proporcional, y tendiente a restaurar el bien común, no a destruirlo.
✅ Conclusión
A la luz de Santo Tomás y el Magisterio Tradicional, el pueblo no sólo tiene derecho, sino incluso deber de resistir y, llegado el caso, deponer a un rey:
- Si incurre en tiranía notoria y persistente.
- Si es causa de grave daño espiritual o social.
- Si ha sido corregido y se niega a cambiar.
La acción debe ser:
- Colectiva, no individual.
- Ordenada, no caótica.
- Justa, no revanchista.
- Sustentada en autoridad moral, y orientada a restaurar el bien común cristiano.
Director proyecto Con San Pelayo.
— Luis Gonzaga Palomar Morán
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