Menciones a la blasfemia desde Rvdo. P. Antonio Royo Marín, O.P

B) La blasfemia


Santo Tomás estudia la blasfemia entre los pecados que se oponen a la confesión externa de la fe (II-II,13), y ése es su
lugar propio si se trata de la llamada blasfemia heretical. Pero de suyo se opone directamente a la virtud de la religión, y en este lugar suelen estudiarla comúnmente los teólogos.


También el Código canónico (cn.2323) considera la blasfemia como un delito contra la religión. Vamos a precisar su noción, división, gravedad y penas con que se la castiga.

408. 1. Noción. La palabra blasfemia (del griego Blapto, lesión, injuria, y féme, fama) significa, en general, cualquier
injuria o contumelia lanzada contra alguien (cf. Tit. 3,2). En el sentido estricto que aquí nos interesa, se define: una expresión contumeliosa contra Dios.

UNA EXPRESIÓN. Empleamos esta palabra — otros dicen locución — para designar la forma propia de la blasfemia en sentido estricto; pero, como veremos en seguida, también por gestos y obras puede blasfemarse de algún modo, aunque menos propiamente que con la palabra.

CONTUMELIOSA. La blasfemia siempre es una injuria o contumelia que se lanza directamente contra Dios o contra algo relacionado con El; v.gr., los santos o las cosas sagradas.


CONTRA Dios. Propiamente la blasfemia se refiere siempre a Dios; pero, por su relación con El, se consideran también blasfemias las expresiones contumeliosas contra la Virgen, los santos o las cosas sagradas.


En la práctica, para saber si una determinada expresión tiene o no sentido de blasfemia, hay que atender: a) a la intención del que habla u obra; b) al sentido natural de las palabras; y c) a la común estimación de la gente en aquel lugar. […]

3. Gravedad. La blasfemia es uno de los pecados más graves que se pueden cometer. Vamos a probarlo en la
siguiente Conclusión: La blasfemia es un pecado gravísimo en toda su extensión y no admite parvedad de materia. Solamente podría ser venial por falta de la suficiente advertencia o consentimiento.


Consta con toda claridad por la gravísima injuria que se le hace a Dios directa o indirectamente. La blasfemia pública va, además, acompañada del pecado de escándalo.


Santo Tomás dice expresamente que la blasfemia es, de suyo, un pecado mucho más grave que el homicidio, porque va directamente contra el mismo Dios; aunque el homicidio es el mayor pecado que se puede cometer contra el prójimo (II II,13,3 ad 1).


La simple blasfemia contumeliosa se opone directamente a la virtud de la religión; pero, si es heretical, se opone también a la fe; y si es imprecatoria se opone también a la caridad y constituye el mayor de todos los pecados posibles porque coincide con el odio a Dios. Estas son las tres especies distintas de blasfemia, que es obligatorio especificar en la confesión.


A pesar de su extrema gravedad, la blasfemia podría ser pecado venial por la imperfección del acto, o sea, por falta de la debida advertencia o consentimiento al pronunciarla. A veces, sobre todo en gente ruda y campesina, se profieren blasfemias por rutina, mala costumbre, etc., sin casi advertir lo que se dice. Sin embargo, las personas habituadas a este lenguaje infernal están gravemente obligadas a desarraigarlo con todos los medios a su alcance (v.gr., frecuentando los sacramentos, imponiéndose a sí mismos una penitencia cada vez que se les escape la blasfemia, dando una limosna, recitando una piadosa jaculatoria, etc.). El blasfemo habitual peca gravemente cada vez que se da cuenta de su mal hábito y no hace nada para corregirlo; e incluso se le imputan a pecado cada una de las blasfemias pronunciadas inconscientemente, en virtud de los principios que dejamos establecidos al hablar del voluntario en la causa.

4. Penas. Entre los países cultos, la blasfemia ha sido considerada siempre como un delito, al que se debe la
sanción correspondiente. Y así:


a. En el Antiguo Testamento se castigaba con la pena de muerte (Lev. 24,15) a base de lapidar al blasfemo.
b. San Pío V estableció que pudiera ser perforada la lengua del blasfemo 14,
c. El actual Código canónico ordena que se castigúe al blasfemo según el prudente arbitrio del ordinario (cn.2323).

FUENTE

Teologia_Moral_de_Seglares.pdf

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