Contra esto: está Ex 23,7, que dice: No quitarás la vida al inocente ni al justo.
Respondo: Se puede considerar a un hombre de dos modos: en sí mismo y por comparación a otro. Considerando al hombre en sí mismo, no es lícito quitar la vida a nadie, puesto que en todo hombre, aun pecador, debemos amar la naturaleza, que Dios ha hecho y que por la muerte se destruye. Pero, según se ha expuesto (a.2), la occisión del pecador sólo es lícita en atención al bien común, que se destruye por el pecado. Pero la vida de los justos mantiene y promueve el bien común, ya que ellos son la parte más importante de la sociedad. Por esta razón, de ningún modo es lícito matar al inocente.
A las objeciones:
1. Dios es Señor de la muerte y de la vida, pues por disposición suya mueren los pecadores y los justos. Por consiguiente, el que por mandato de Dios mata al inocente, no peca, como tampoco Dios, de quien es ejecutor. Y manifiesta que teme a Dios al obedecer sus mandatos.
2. En la apreciación de la gravedad del pecado, se debe considerar más lo que es esencial que lo que es accidental. Por eso el que mata a un justo peca más gravemente que el que mata al pecador: primero, porque perjudica a alguien a quien debe amar más y, de este modo, quebranta más la caridad; segundo, porque infiere injuria al que menos la merece y, así, viola más la justicia; tercero, porque priva a la sociedad de un bien mayor; cuarto, porque desprecia más a Dios, según aquello de Lc 10,16: El que a vosotros desprecia, a mí me desprecia. Que el justo muerto sea llevado por Dios a la gloria, es accidental al homicidio.
3. El juez, si sabe que alguien convicto por falsos testigos es inocente, debe examinar a éstos con mayor diligencia, para encontrar ocasión de librar al inocente, como lo hizo Daniel (Dan 13,51); pero, si esto no le fuera posible, debe remitirlo al juicio de un tribunal superior. Mas, si esto no pudiera, no peca sentenciando según lo alegado, porque no es él el que mata al inocente, sino aquellos que atestiguan que es culpable. En cuanto al verdugo o agente del juez que ha condenado al inocente: si la sentencia contiene un error intolerable, no debe obedecer; de lo contrario se excusaría a los verdugos que mataron a los mártires; pero, si la sentencia no contiene injusticia manifiesta, no peca ejecutando el mandato; porque no está en sus manos discutir la sentencia del superior, ni tampoco mata él mismo al inocente, sino el juez, cuyas órdenes ejecuta.
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