Escolio: Conducta de los ciudadanos en tiempo de invasión extranjera.
Tres son las principales obligaciones de los ciudadanos cuando su territorio nacional ha sido invadido por un poder extranjero que los tiene esclavizados (v.gr., los países satélites de Rusia tras el «telón de acero»).
1ª. No PERDER DE VISTA EL BIEN COMÚN. Si no hay otro remedio, deben observar las medidas prescritas para el orden público y evitar las desobediencias que traigan consecuencias peores, tales como cárceles o deportaciones en masa, asesinato de los ciudadanos, etc.
2ª. No TRANSIGIR CON EL OCUPANTE O USURPADOR, absteniéndose de todo acto voluntario que equivalga a reconocer la usurpación o a consolidarla en el poder. La colaboración con el invasor sólo es tolerable cuando sirve realmente a los intereses esenciales del país ocupado (v.gr., evitando males mucho mayores).
3ª. RESPETAR LAS EXIGENCIAS DEL DERECHO NATURAL EN LOS DEMÁS. Si para liberar al país hay que
recurrir a la fuerza, no olvidar que el respeto a la vida, a la dignidad humana y a los bienes ajenos siguen siendo deberes elementales de justicia que obligan siempre, en todas partes y con toda clase de personas, buenas o malas.
C) Para con los gobernantes
CARIDAD CON LOS EXTRANJEROS.
3.° La opresión de los pobres, viudas y huérfanos. Clama al cielo, no cuando significa la simple denegación de los beneficios de la misericordia que preceptúa la caridad (limosna, etc.), sino cuando se abusa de su condición humilde e impotente, obligándoles a servicios inicuos, impidiéndoles sus deberes religiosos, dándoles jornales de hambre y otras cosas semejantes, contra las cuales no se pueden defender ni exigir su reparación ante los hombres. Entonces es cuando estos crímenes claman al cielo y atraen sobre los culpables la indignación de Dios, según aquello de la Sagrada Escritura: «No maltratarás al extranjero ni le oprimirás… No dañarás a la viuda ni al huérfano. Si haces eso, ellos clamarán a mí, y yo oiré sus clamores, se encenderá mi cólera y os destruiré por la espada, y vuestras mujeres serán viudas, y vuestros hijos, huérfanos» (Ex. 22,20-23) *.
VIRTUDES EN RELACIÓN CON LA PATRIA.
- I. Fundamentos teológicos. Cuatro son las principales virtudes cristianas que se relacionan más o menos de cerca con la patria:
LA CARIDAD, cuyo recto orden obliga, en igualdad de condiciones, a preferir al compatriota antes que al extranjero (cf. n.521,5.5)
OBLIGACIÓN LEGAL PARA EL EXTRANJERO.
d) LA LEY CIVIL obliga a todos los súbditos presentes en el territorio; en algunas cosas, aun a los súbditos ausentes; y en muchos aspectos que miran, sobre todo, al orden público, también a los extranjeros residentes en el territorio.
Pingback: Artículos recomendados para las sesiones sobre la inmigración y el islam en España. – Web oficial proyecto Con San Pelayo
Pingback: Reunión 2. Diferencias entre invasión e inmigración desordenada a la luz de la tradición católica. – Web oficial proyecto Con San Pelayo